Mapa de todo nuestro Site
 
Volver al inicio Pongase en contacto con nosotros Mapa de todo nuestro Site
 
Estás en: GERTU PLUS / Contrato de Comisión

Contrato de Comisión

El contrato de comisión es un contrato por el que un comisionista se obliga a realizar por encargo y cuenta del comitente una o varias operaciones mercantiles puntuales.

Se trata del contrato convenido entre dos empresarios, por el que uno de ellos (comisionista), se obliga a realizar por encargo y cuenta del otro (comitente) una o varias operaciones mercantiles puntuales, aunque puedan repetirse cíclicamente.

Principales características del contrato de comisión :

•  Carácter mercantil.
•  Independencia empresarial de las partes contratantes.
•  Ocasionalidad en la actividad de intermediación.
•  Poder de representación del comisionista.
•  No exclusividad de la intermediación.
•  Amplio margen de libertad de pactos para las partes contratantes.
•  Libre revocación por el comitente.
•  Posibilidad de que el comisionista sea persona física o jurídica.

¿Están exentas de IVA, en España, las prestaciones de servicios de intermediación realizadas por comisionistas en operaciones de exportación?

En España y en la UE, sí. La sexta Directiva CE sobre homologación del IVA establece que todas las prestaciones de servicios vinculadas a operaciones de exportación están exentas de IVA en los países de la UE.

En la normativa española sobre IVA, de forma implícita, también se recoge este supuesto dentro de las exenciones del IVA relativas a las exportaciones (art. 21.6 de la Ley del IVA y art. 9.1.5 del Reglamento del IVA).

Ahora bien, fuera de la UE, habrá que ver lo que establecen las legislaciones de los países en los que operen los intermediarios comerciales.

 

 
Copyright CÁMARA DE GIPUZKOA - GIPUZKOAKO BAZKUNDEA

Delegación en China